Los inversionistas y empresarios internacionales pueden solicitar una visa para vivir y trabajar en los Estados Unidos de modo permanente.
Una persona que invierte al menos 1 millón de dólares y que genera empleo para 10 trabajadores estadounidenses puede solicitar la residencia legal permanente. El monto de la inversión requerida es de $500,000 si se realiza en una zona rural o en una parte del país que tenga un alto nivel de desempleo (al menos el 150 por ciento del promedio nacional). Esta opción de visa a veces se denomina “visa de creación de empleo”.
La inversión no tiene que realizarse al empezar el proceso de solicitud. El inversionista sólo debe encontrarse en el proceso de invertir el monto requerido, lo cual puede demostrarse con contratos de compraventa de una empresa o propiedad o con un plan de negocios que se ejecutará una vez aprobada la visa de creación de empleo. La aprobación inicial es condicional. Para eliminar las condiciones, la inversión debe realizarse y los fondos deben estar en riesgo a los fines de generar ganancias. No califica tener dinero en efectivo en una cuenta.
El inversionista también debe demostrar cómo se generaron los fondos para una inversión de tal magnitud. Específicamente, debe poder documentar que los fondos se obtuvieron de manera legal. Los empleos generados deben ser de tiempo completo y no pueden ser puestos ocupados por contratistas.
Al principio, la condición de residente permanente se otorgará por sólo dos años. Antes de la fecha de vencimiento, el inversionista debe presentarse para eliminar las condiciones y demostrar que los requisitos se han cumplido y seguirán cumpliéndose y que la inversión sigue en marcha. Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años se pueden incluir en la petición de residencia del inversionista.
El dueño de una empresa con una sede en funcionamiento fuera de los Estados Unidos puede establecer una sede en los Estados Unidos y trasladarse para actuar como gerente o ejecutivo. Las dos sedes involucradas en el traslado deben estar afiliadas de alguna manera, y ambas deben continuar con sus actividades comerciales durante el tiempo que tome el proceso.
La persona que se traslada a los Estados Unidos debe haberse desempeñado como gerente o ejecutivo para la sede del extranjero durante 12 meses consecutivos dentro de los últimos tres años. Dicha persona también debe trasladarse a la sede estadounidense afiliada para trabajar como gerente o ejecutivo de dicha sede.
Para que el puesto en los Estados Unidos se considere gerencial o ejecutivo, la persona debe tener un control significativo sobre la dirección de las operaciones de los Estados Unidos. Además, según la interpretación actual de la ley, la compañía debe tener una cantidad considerable de empleados, incluidos supervisores y gerentes de nivel medio, para evitar que el gerente o ejecutivo tenga que involucrarse en las actividades diarias de la compañía.
Una vez completado este proceso, la persona puede solicitar la residencia permanente. El beneficio de residencia permanente también es disponible para su cónyuge y sus hijos solteros menores de 21 años.