En los Estados Unidos, existen dos enfoques legales básicos para la distribución de bienes después del divorcio: distribución equitativa y gananciales. Por el momento, 10 estados (y Puerto Rico) tienen leyes que otorgan a los cónyuges derechos de propiedad comunitaria: Alaska, California, Arizona, Wisconsin, Washington, Idaho, Texas, Nevada, New Mexico, and Louisiana.
En los estados que conceden una distribución equitativa, los tribunales intentan dividir equitativamente todas las propiedades maritales. Sin embargo, una distribución equitativa no significa necesariamente una distribución igual para ambos. Generalmente, el tribunal tendrá en cuenta una amplia gama de factores para determinar qué parte de las deudas y propiedades debe recibir cada parte, incluyendo:
En los estados de gananciales, los activos y las deudas suelen identificarse como propiedad separada y como propiedad de la comunidad. La propiedad separada incluye todos los bienes poseídos antes del matrimonio, y puede incluir herencias o regalos personales. Cualquier otra propiedad obtenida durante el curso del matrimonio es propiedad de la comunidad. Al disolverse el matrimonio, toda propiedad separada pertenece a la parte que la aportó al matrimonio. Todos los bienes de la comunidad se dividen habitualmente por igual entre las partes. Si hay bienes que no se pueden dividir por igual – tierra, recuerdos, etc. – el tribunal puede vender esos activos y dividir los ingresos, o puede desarrollar un plan que proporcione a ambas partes una cantidad igual de efectivo y activos combinados.